El servicio de gestión de cadáveres de animales de compañía, principalmente perros y gatos que, de manera testimonial, se ha venido prestando en las instalaciones de la planta de transferencia sita en el vertedero de San Marcos ha cesado en virtud de la normativa que le resulta de aplicación.

SandachLa normativa aplicable la constituyen el Reglamento (CE) 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano (SANDACH) y el Reglamento (UE) 142/2011 de la Comisión, de 25 de febrero de 2011, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del anterior.

Así los cuerpos enteros o cualquiera de sus partes procedentes de animales de compañía se consideran material de categoría 1. Se entiende por animal de compañía a cualquier animal perteneciente a las especies normalmente alimentadas y mantenidas, pero no consumidas, por los seres humanos con fines distintos de la ganadería.

El material de categoría 1 ha de eliminarse mediante una de las opciones contempladas en el artículo 12º del Reglamento 1069/2009, que son: incineración, coincineración o enterramiento con transformación previa por esterilización a presión. En el caso de enterramiento sin transformación previa, deberá hacerse en los lugares autorizados por la autoridad competente (cementerio de mascotas autorizado). La incineración viene siendo la opción utilizada por criterios de proximidad y disponibilidad de infraestructuras. Las incineradoras o bien disponen de autorización por el órgano competente en materia de medioambiente para la incineración de residuos o bien son autorizadas por el órgano competente en materia de sanidad animal exclusivamente para la incineración de subproductos animales no destinados al consumo humano.

En consecuencia, los citados subproductos han de ser gestionados por los propios generadores mediante alguna de las empresas autorizadas por Gobierno Vasco para el transporte de subproductos animales y su posterior tratamiento en empresas autorizadas para tratamiento de SANDACH.

El listado de establecimientos y empresas de transporte SANDACH está disponible en el siguiente enlace:

http://www.nasdap.ejgv.euskadi.net/r50-6552/es/contenidos/informacion/sandach_registro/es_dapa/sandach_registro.html

Dentro del mismo, los establecimientos que se dedican a la cremación y recogida de perros y gatos son los que se especifican a continuación:

  • Lotxakur S.L.

Oialume bidea, 17
20115 Astigarraga (Gipuzkoa)
Teléfono: 943 33 42 99
Móvil: 649 53 05 31
betizurekin@telefonica.net

  • Lagun crematorio- tanatorio mascotas, S. Coop.

Matsaria Industria Poligonoa 34, 2. – Dep 2ª
20600 Eibar (Gipuzkoa)
Teléfono: 943 20 70 24
Móvil: 678 08 90 88
lagun@laguncrematorio.com

  • Inade

Polígono Industrial Torrezar P.01 Módulo P-2
48410 Orozko (Bizkaia)
Teléfono: 944 07 94 16
Móvil: 695 56 49 61
info@inade.eu

  • IVAD crematorio de mascotas

Polígono Sangroniz
C/ Iberre, 10 bajo pabellón 1
48150 Sondika (Bizkaia)
Teléfono: 94 453 06 21
Móvil: 629 42 89 52
ibad@crematorioibad.com

  • Residencia mascotas Ariñez

Ctra. Zumelzu s/n.
01195 Ariñez (Araba)
Teléfono: 945 29 05 69

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