IrudiaDirulag2020A mediados de junio, con objeto de fomentar el ahorro y la eficiencia energética, el Ente Vasco de la Energía (EVE) publicó en Plan Renove de Ventanas y el Plan Renove de Electrodomésticos. Cabe señalar que, además de estas dos últimas, el EVE ha publicado otras subvenciones para implementar la instalación de infraestructuras de energías renovables, así como para incrementar el ahorro y la eficiencia energética. Mediante estas ayudas se pretende facilitar a la ciudadanía la renovación de sus ventanas, comprar un frigorífico energéticamente más eficiente o adquirir una caldera de biomasa, entre otras.

Gracias a estas ayudas se quiere avanzar hacia un sistema energético eficiente, de calidad y bajo en carbono, que reduzcan las emisiones de CO2 y contribuya a la lucha contra el cambio climático.

A continuación, las líneas y actuaciones subvencionables:

PLAN RENOVE DE ELECTRODOMÉSTICOS

  • Frigorífico y frigorífico-congelador con clase de eficiencia energética A++ o superior.
  • Congelador con clase de eficiencia energética A++ o superior.
  • Lavadora con clase de eficiencia energética A++ o superior.
  • Lavavajillas con clase de eficiencia energética A++ o superior.
  • Secadora con clase de eficiencia energética A++ o superior.
  • Horno con clase de eficiencia energética A+.

El plazo para presentar solicitudes finalizará el 30 de noviembre de 2020, o cuando se agote el presupuesto. Más información aquí y en el teléfono 946 620 302. Para consultar el listado de comercios adheridos a esta subvención pincha aquí.

PLAN RENOVE DE VENTANAS

  • Las características técnicas y condiciones a cumplir son las siguientes: 

- Contar con marcado CE.

- Permeabilidad al aire Clase 3 o superior.

- Características térmicas en carpinterías metálicas:

  1. Marco metálico con rotura de puente térmico (RPT) >= 16 mm.

  2. Doble acristalamiento con cámara de gas (90% argón, kriptón o xenón) de 16 mm o superior y cristal interior con aislamiento térmico reforzado (ATR) con un valor Uv (transmitancia térmica del vidrio) <= 1,1 W/m2K.

- Características térmicas en carpinterías de pvc, madera u otros:

  1. Doble acristalamiento con cámara de aire de 16 mm o superior y cristal interior con aislamiento térmico reforzado (ATR) con un valor Uv (transmitancia térmica del vidrio) <= 1,4 W/m2K.

  • Las solicitudes de ayuda se presentarán una vez instaladas las nuevas ventanas y/o puertas ventana, siendo necesario aportar, entre otros documentos, fotografías anteriores y posteriores a la sustitución, y facturas y documentos justificativos del pago de las mismas.

El plazo para presentar solicitudes finalizará el 30 de noviembre de 2020, o cuando se agote el presupuesto. Más información aquí y en el teléfono 946 620 302.

PLAN RENOVE DE VEHÍCULOS

  • Vehículos ligeros eléctricos puros.
  • Vehículos ligeros híbridos enchufables o eléctricos de autonomía extendida.
  • Vehículos ligeros híbridos no enchufables.
  • Vehículos ligeros a gas natural.
  • Vehículos ligeros de hidrógeno.
  • Vehículos ligeros de GLP.
  • Vehículos de gasolina o gasóleo (diésel) de categoría M1, con calificación energética A.
  • Vehículo de gasolina o gasóleo (diésel) de categoría N1, con MMA menor de 2.500 kg y emisiones GEI inferiores a 114 gr CO2/km.
  • Vehículo de gasolina o gasóleo (diésel) de categoría N1, con MMA igual o mayor de 2.500 kg con emisiones GEI inferiores a 184 gr CO2/km.

El plazo para presentar solicitudes finalizará el 17 de enero de 2021, o cuando se agote el presupuesto. Más información aquí y en el teléfono 944 035 600. Información sobre la clasificación energética de los vehículos: http://coches.idae.es/base-datos/marca-y-modelo.

TRANSPORTE Y MOVILIDAD EFICIENTE

  • MEDIDA 1. VEHÍCULOS A MOTOR.

- LÍNEA 1.1: Ciclomotores eléctricos.

- LÍNEA 1.2: Vehículos pesados eléctricos puros e híbridos enchufables.

- LÍNEA 1.3: Material móvil eléctrico.

- LÍNEA 1.4: Vehículos pesados de gas natural.

- LÍNEA 1.5 Transformación de vehículos pesados a gas natural.

- LÍNEA 1.6: Material móvil a gas natural.

- LÍNEA 1.7: Vehículos pesados de hidrógeno.

- LÍNEA 1.8: Material móvil de hidrógeno.

  • MEDIDA 2. RECARGA ELÉCTRICA Y COMBUSTIBLES ALTERNATIVOS

- LÍNEA 2.1: Instalaciones troncales en garajes colectivos en edificios.

- LÍNEA 2.2: Puntos de recarga del vehículo eléctrico.

- LÍNEA 2.3: Instalaciones de suministro de gas natural o hidrógeno.

  • MEDIDA 3. PROMOCIÓN DE LA BICICLETA

- LÍNEA 3.1: Promoción del uso de la bicicleta en el ámbito laboral.

- LÍNEA 3.2: Triciclos de carga.

- LÍNEA 3.3: Sistemas públicos de préstamo de bicicletas (bicisharing municipal).

- LÍNEA 3.4: Aparcamiento seguro de bicicletas.

  • MEDIDA 4. ESTUDIOS ENERGÉTICOS

- LÍNEA 4.1: Auditorías y estudios energéticos de flotas.

  • MEDIDA 5. PROYECTOS SINGULARES

- LÍNEA 5.1: Proyectos singulares.

El plazo para presentar solicitudes finalizará el 17 de enero de 2021, o cuando se agote el presupuesto. Más información aquí y en el teléfono 944 035 600.

AUTOCONSUMO ELÉCTRICO

  • Nuevas instalaciones aisladas de la red eléctrica, bien de tipo fotovoltaica, eólica o minicentrales hidroeléctricas, siempre que la potencia nominal de generación instalada no supere los 250 kW.
  • Nuevas instalaciones conectadas a la red eléctrica:

- Nuevas instalaciones conectadas a la red eléctrica de tipo fotovoltaico, con fines de autoconsumo de acuerdo con la normativa vigente.

- Nuevas instalaciones conectadas a la red eléctrica, de tipo eólico o minicentrales hidroeléctricas, siempre que la potencia nominal de generación instalada no sea superior a 1 MW.

El plazo para presentar solicitudes finalizará el 17 de enero de 2021, o cuando se agote el presupuesto. Más información aquí y en el teléfono 944 035 600.

INSTALACIONES DE BIOMASA

  • Nuevas salas de calderas con utilización de biomasa para la producción de calor (agua caliente, agua sobrecalentada o vapor) y, si procede, el aprovechamiento térmico para la producción de frío: potencia nominal > 70 kW.
  • Nuevas salas de calderas con utilización de biomasa para la producción de calor (agua caliente): potencia nominal igual o superior a 10 kW (=>10 kW) y hasta un máximo de 70 kW.
  • Calderas para la producción de aire caliente: potencia nominal > 70 kW.
  • Nuevas conexiones a instalaciones de district heating ya existentes.
  • Sustitución de quemadores de combustibles convencionales, y adaptación de calderas, por quemadores de biomasa: potencia nominal > 70 kW.

El plazo para presentar solicitudes finalizará el 17 de enero de 2021, o cuando se agote el presupuesto. Más información aquí y en el teléfono 944 035 600.

INVERSIONES EN EFICIENCIA ENERGÉTICA Y EN SOLAR TÉRMICA EN EL SECTOR TERCIARIO

  • Actuaciones subvencionables en eficiencia energética:

- Implementación de sistemas integrales de gestión energética (SIGE).

- Renovación de instalaciones energéticas en edificios ya existentes.

- Renovación de instalaciones de iluminación interior. Se establece un límite mínimo de ahorro energético de 3 tep/año de demanda energética primaria.

- Renovación de instalaciones de iluminación exterior. Se establece un límite mínimo de ahorro energético de 3 tep/año de demanda energética primaria.

- Nuevas instalaciones de cogeneración.

- Auditorías energéticas integrales de eficiencia energética e implementación de sistemas de gestión energética basados en la norma UNE-EN-ISO 50001.

  • Actuaciones subvencionables en solar térmica:

- Instalaciones solares térmicas.

El plazo para presentar solicitudes finalizará el 31 de octubre de 2020, o cuando se agote el presupuesto. Más información aquí y en el teléfono 944 035 600.

INSTALACIONES DE GEOTERMIA

Nuevas instalaciones de geointercambio. Los equipos de generación de calor deberán estar tipificados como bombas de calor geotérmicas para la producción de calor (agua caliente, agua sobrecalentada o vapor) y/o frío.

  • Instalación geotérmica de circuito abierto sin reinyección: > 70 kW.
  • Instalación geotérmica de circuito abierto con reinyección: > 70 kW.
  • Instalación geotérmica de circuito cerrado con intercambio horizontal: > 70 kW.
  • Instalación geotérmica de circuito cerrado con intercambio vertical: > 70 kW.
  • Instalación geotérmica de circuito cerrado con intercambio vertical: <= 70 kW.
  • Instalación geotérmica configuradas como district heating-cooling: > 70 kW.
  • Nuevos enganches a instalaciones geotérmicas existentes configuradas como district heating-cooling.

El plazo para presentar solicitudes finalizará el 17 de enero de 2021, o cuando se agote el presupuesto. Más información aquí y en el teléfono 944 035 600.

Para más información entra en www.eve.eus.

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