La Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial ha aprobado inicialmente el Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Donostia-San Sebastián (Donostialdea-Bajo Bidasoa). El documento, por lo tanto, se halla en fase de exposición pública, cuyo plazo finalizará el 15 de noviembre de 2015.
De acuerdo con la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, los Planes Territoriales Parciales desarrollarán las Directrices de Ordenación Territorial en las áreas o zonas supramunicipales que éstas delimiten, concretando para cada una de ellas los criterios específicos de ordenación que las Directrices establezcan.
Las Directrices de Ordenación Territorial definen quince ámbitos geográficos, denominados Areas Funcionales, en virtud de criterios geográficos, económicos y sociales. Por su tamaño y estructura, son la pieza clave para el análisis de sus problemas y la implantación de programas de ordenación territorial para solucionarlos.
En la actualidad se ha iniciado la redacción de los 15 Planes Territoriales Parciales previstos en las DOT, que se encuentran en diferentes pases de desarrollo.
¿Cual es el objetivo de los PTPs?
1.- la definición de los objetivos de la ordenación a partir del análisis del estado actual del territorio, de la situación socioeconómica y de sus posibilidades de evolución.
2.- el señalamiento de los espacios aptos para servir de soporte a las grandes infraestructuras, según sus características.
3.- la definición de la ubicación de los equipamientos de interés común para el área o zona objeto del Plan.
4.- los criterios, principios y normas generales a los que habrá de atenerse la ordenación urbanística.
5.- la definición de los espacios que deban ser objeto de remodelación, regeneración o rehabilitación con el fin de evitar su degradación o de conseguir su recuperación para usos, total o parcialmente, distintos, así como de los programas a desarrollar y las medidas de apoyo encaminadas a incentivar su realización.
6.- la cuantificación de las superficies de suelo que deban reservarse con destino a alguna de las siguientes finalidades:
- construcción de viviendas de protección oficial, de promoción pública o privada, u otras que el futuro pudieran ser limitadas en su precio final mediante regulación específica.
- promoción pública de suelo industrial para posibilitar la formación de polígonos urbanizados.
7.- los criterios, normas y principios necesarios para el desarrollo de las determinaciones que contienen las Directrices.
La formulación de dichas determinaciones se realizará respetando el ámbito competencial garantizado a las Entidades Locales.
Los Planes Territoriales Parciales concretarán sus determinaciones en los siguientes documentos:
* estudios y planos de información
* memoria explicativa del Plan.
* estudio económico-financiero
* programa de ejecución, desglosado en etapas de cuatro años
* planos y normas de ordenación
PTP de Donostialdea
Esta área funcional engloba 13 municipios: Andoain, Astigarraga, Donostia, Hernani, Hondarribia, Irun, Lasarte-Oria, Lezo, Oiartzun, Pasaia, Errenteria, Urnieta, Usurbil.